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Exportadores europeos pueden acogerse al trato preferencial firmado en el TLC probando el origen comunitario de las mercancías. Para ello existen dos vías que en el caso de los exportadores espanoles son:

  1. Certificado de Origen EUR expedido por la Agencia Tributaria Española. En la práctica suele realizarlo el transitario.
  2. Número de Exportador Autorizado: Toda empresa exportadora puede solicitar la consideración de “Exportador Autorizado” a la Agencia Española de Administración Tributaria. Este organismo estudiará cada caso (mediante una investigación sobre la forma de operar de la empresa solicitante o incluso visitando sus instalaciones) y decidirá sobre las solicitudes. Una vez obtenido el Número de Exportador Autorizado, sólo es necesario hacerlo constar en el documento comercial que describa las mercancías sin necesidad de solicitar el EUR-1 para cada operación.

Para mayor información los exportadores españoles pueden consultar en:

Agencia Española de Administración Tributaria
Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales
Subdirección General de Gestión Aduanera
Servicio de Origen
Avda. Llano Castellano, 17 28071-Madrid
Tlfno.: (91) 728-9605/ 08 , 728-9450
Fax.: (91) 358-4721
Email : gesadu@aeat.es
Página web: www.aeat.es.